¿Cuánto tiempo debo guardar los documentos de la empresa?
A lo largo de la vida de una empresa se genera una enorme cantidad de documentación que obliga a disponer de una gran capacidad de almacenamiento.
Las empresas se ven obligadas a conservar, en formato físico, gran parte de la documentación y la actividad de dicha empresa por tiempos determinados y en algunos casos, en todo el periodo de vida de la empresa.
Por ejemplo, los documentos notariales, variaciones censales, las actas de inspección o los libros de visitas deben conservarse durante toda la vida de la empresa.
Y según el Código de Comercio, “los comerciantes conservaran los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años a partir del último asiento realizado en los libros”. A esta norma deben atenerse tanto los autónomos como las entidades mercantiles, una vez cesada su actividad o disuelta la sociedad.
En cuanto al plazo de prescripción de los impuestos, computa desde la fecha en la que estos fueron exigibles. Por ejemplo, Hacienda podrá revisar la declaración de la renta 4 años más tarde de que la presentes, no de la fecha del ejercicio presentado.
Esto obliga a muchas empresas a comenzar a ubicar archivadores en zonas de su empresa que no estaban previstas para ello, generando así, una sobrecarga visual y espacial.
Pero con Moving BCN esto tiene una solución muy sencilla. Llámanos, pasamos a recoger tus documentos y libera tu empresa.
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